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21 December 2016

Entra en vigor la 11º edición del arreglo de Niza para la clasificación internacional de productos y servicios

Tenemos el agrado de informarles que en los Boletines de Marcas del día 23 de Noviembre han sido publicadas las Disposiciones Nº M-2.150 del pasado día viernes 18 de noviembre y Nº M-2.153 del día 22 de noviembre.
Argentina Intellectual Property

Tenemos el agrado de informarles que en los Boletines de Marcas del día 23 de Noviembre han sido publicadas las Disposiciones Nº M-2.150 del pasado día viernes 18 de noviembre y Nº M-2.153 del día 22 de noviembre.

Por medio de la Nº M-2.150 el INPI ha procedido a actualizar el Reclasificador de productos y servicios teniendo en cuenta que el próximo 1º de enero de 2017 comenzará a regir la 11º Edición de Niza razón por la cual resulta fundamental conocer aquellos traspasos de productos y servicios de una a otra clase y que han sido señalados en los documentos de trabajo OMPI.

Por su parte mediante la Disposición Nº M-2.153/16 se aclara que las renovaciones de los registros cuyo vencimiento opere a partir del día 1º de enero del 2017 se deberán presentar, dentro del plazo legal, tantas actas de renovación como resulten necesarias si desean amparar la totalidad de los productos o servicios protegidos, cuando éstos a aquel momento se encuentren en diferentes clases del Nomenclador en uso, tal como ya lo establece el Artículo 1º de la Disposición Nº M-1.415/07.-

De igual forma deberán gestionarse aquellos trámites de renovación que hayan sido ingresados entre el día 18 de noviembre de 2016 y los que se inicien hasta el día 31 de diciembre de 2016, de registros que venzan a partir del día 1º de enero de 2017, es decir una vez publicada en Boletín la Resolución Nº P-108/16 que adopta la 11º Edición de Niza.

En aquellos trámites de renovación registral referidos a marcas cuyo vencimiento opere a partir del 1° de enero de 2017 y que hubieren sido presentados dentro del plazo de ley con anterioridad al día 17 de noviembre de 2016, inclusive, fecha en la cual se llevo a cabo la publicación de la Resolución INPI Nº P-108/16 en el Boletín Oficial, se conferirá en oportunidad de llevarse a cabo su estudio –de manera excepcional- una vista al solicitante por el plazo de 30 días hábiles administrativos a fin de que pueda presentar tantas actas de renovación como resulten necesarias si desea amparar la totalidad de los productos o servicios protegidos que por la vigencia de la nueva Edición de Niza, se encuentren en diferentes clases del Nomenclador en uso al momento del vencimiento de la marca a ser renovada.

Finalmente una vez vencido el registro cuya renovación se pretende o vencido el plazo de 30 días hábiles otorgado sin que el interesado hubiese ingresado otra solicitud de renovación se entenderá que no tiene interés de hacerlo y que sólo pretende renovar el signo respecto de los productos o servicios que, al momento del vencimiento de la marca a renovar, permanezcan incluidos en la clase en que dicho signo se otorgó.


Clarke, Modet & Co - ARGENTINA

Buenos Aires
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Email: info@clarkemodet.com.ar


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