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17 September 2026

Fundación Multiforma De Nevis: Protección De Activos

IG
Icaza Gonzalez-Ruiz & Aleman

Contributor

Icaza, González-Ruiz & Alemán, a full-service Panamanian law firm with 100+ years of experience, offers practical legal solutions globally. Their experts, deeply committed to their craft, handle 20+ practice areas. With offices in South America, Europe, Asia, and the Caribbean, they efficiently power projects, protect patrimonies, and solve legal matters.
La Fundación Multiforma de Nevis (Nevis Multiform Foundation), regulada por el Nevis Multiform Foundations Ordinance de 2004, es una estructura jurídica que tiene rasgos similares entre una persona jurídica y un fideicomiso, por su flexibilidad de adoptar o transformarse en distintas formas societarias. La fundación junto al Fideicomiso de Nevis, es una opción de vehículo corporativo robusto para la protección de activos.
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Un vehículo, todas las formas. Protección que se adapta a usted.

La Fundación Multiforma de Nevis (Nevis Multiform Foundation), regulada por el Nevis Multiform Foundations Ordinance de 2004, es una estructura jurídica que tiene rasgos similares entre una persona jurídica y un fideicomiso, por su flexibilidad de adoptar o transformarse en distintas formas societarias. La fundación junto al Fideicomiso de Nevis, es una opción de vehículo corporativo robusto para la protección de activos.

Protección de Activos:

  1. Sin propietarios: los activos aportados dejan de pertenecer al fundador y pasan a integrar un patrimonio autónomo, fuera del alcance de acreedores personales.
  2. No reconocimiento de sentencias extranjeras: Nevis no reconoce fallos ni órdenes judiciales de otras jurisdicciones; el acreedor debe iniciar un juicio nuevo en Nevis.
  3. Barreras procesales al litigio: términos de prescripción muy cortos (1 a 2 años) y obligación del demandante de depositar una fianza de aproximadamente US$100,000 antes de iniciar el proceso

Confidencialidad:

  1. Sin registro público de beneficiarios: el Memorando de Constitución y los reglamentos internos no son de acceso público.
  2. Velo corporativo protegido: la ley no permite el levantamiento del velo («piercing»), preservando la privacidad de la estructura y de sus beneficiarios.

Flexibilidad Estructural:

  1. Un solo vehículo, varias formas: puede operar como fundación pura, o adoptar características de compañía, o fideicomiso, y migrar entre ellas sin perder su personalidad jurídica ni continuidad.
  2. Redomiciliación: admite la continuación de fundaciones o entidades extranjeras (p. ej. Panamá, Seychelles) hacia Nevis, y viceversa, según convenga.
  3. Gobierno simple: requiere agente registrado y oficina registrada en Nevis, un Consejo de Fundación (management board) y un Secretario; los miembros pueden ser de cualquier nacionalidad y no residentes.

Reglamento (Bylaws):

  1. Documento Privado y Confidencial: el reglamento no se inscribe ni son de acceso público, permanecen bajo custodia del fundador o del consejo.
  2. Contenido: el reglamento regula a los beneficiarios, el consejo de fundación, procedimiento de distribución de activos, mecanismos de modificación, entre otros.
  3. Flexibilidad: Los reglamentos pueden modificarse acorde al mecanismo estipulado en los documentos corporativos.
  4. Instrucciones de beneficiarios: Los reglamentos pueden incluir disposiciones detalladas sobre cómo, cuándo y bajo qué condiciones se realizan distribuciones, incluyendo edades mínimas, hitos educativos, eventos familiares o cláusulas de incentivo.
  5. Participación 100% extranjera: sin restricciones de nacionalidad o residencia para fundadores, consejeros o beneficiarios.

Planificación Patrimonial y Sucesoria:

  1. Sucesión sin herencia forzosa: las reglas de legítima o herencia forzosa (forced heirship) de la jurisdicción del fundador no aplican a los activos transferidos a la fundación.
  2. Figura del Protector: puede designarse un protector con facultades de supervisión sobre el Consejo, incluyendo remoción de consejeros y consentimiento previo para actos relevantes.

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